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Reglamento Interno

Políticas y normas

Art. l.- EI presente Reglamento Interno obliga para su cumplimiento tanto al Hotel Sauvé Casa Boutique, como a los huéspedes que contraten sus servicios.

Art. 2.- Toda persona que se hospede en este establecimiento está obligada a registrarse en la tarjeta de registro que para tal efecto llevará a cabo el establecimiento o encargado de este. De igual forma, deberá exhibir identificación oficial con fotografía vigente, tanto propia como de las personas que estarán ocupando la habitación. Cuando los huéspedes sean un grupo contratado con anterioridad, su representante llenará la hoja de registro o entregará con anticipación una lista de huéspedes que reúna los requisitos mencionados.

Art. 3.- La hora de entrada (check-in) se fija a las 15:00 horas. La de salida (check-out) se fija a las 12:00 horas de cada día, habiendo para este efecto una tolerancia máxima de 60 minutos. Si el huésped permanece más tiempo del establecido, automáticamente se le cargará a su cuenta un día más de estancia. Lo anterior conforme a lo señalado en la NOM-0lO- TUR·2001. Si desea extender su fecha de salida le solicitamos notificarlo a la recepción.

Art. 4.- EI servicio de hospedaje deberá ser liquidado en su totalidad al realizar el check-in. Se le solicitará una tarjeta bancaria (voucher abierto) para garantizar los consumos adicionales que llegara a solicitar. La administración expedirá comprobantes de pago y factura detallada de los servicios prestados y el importe cubierto por los mismos al huésped. EI hotel no asume responsabilidad por servicios externos contratados como taxis, tintorería o médicos.

Art. 5.- El hotel tiene contratado un seguro de responsabilidad civil que cubre daños a terceros en relación con sus personas y bienes, conforme a la NOM-07-TUR-2002 y demás normas oficiales aplicables. El seguro de responsabilidad civil no cubre circunstancias de las huéspedes derivadas de epidemias.

Art. 6.- Ningún usuario tiene derecho a dar alojamiento a ninguna persona sin el consentimiento previo de la gerencia, en todo caso deberán llevarse a cabo los trámites correspondientes para su registro y el pago de la cuota de hospedaje respectiva.

Art. 7.- El establecimiento exhibe claramente en el área de recepción y en todas las habitaciones, su categoría, las tarifas de hospedaje vigentes y este Reglamento, conforme a lo señalado en la NOM-010-TUR-2001, invitando a nuestros huéspedes a su debido cumplimiento.

Art. 8.- Si algún huésped se enferma, la recepción del establecimiento deberá llamar al médico y podrá ser atendido en su habitación, el servicio deberá ser cubierto por el huésped. Si la enfermedad fuera contagiosa por causas no imputables al establecimiento, el huésped será trasladado por su cuenta al lugar adecuado.

Art. 9.- EI hotel no se hace responsable por las pérdidas que el huésped pudiera sufrir en dinero y valores no depositados en la caja de seguridad que para tal efecto existe en la habitación. Los objetos o valores olvidados por algún huésped en la habitación quedarán en custodia de la administración del hotel por un término de 60 días, concluido este periodo y al no haber reclamación alguna, serán desechados.

Art. 10.- No se permite a los clientes tener ningún tipo de animales en la habitación, salvo aquellos que auxilien a discapacitados, o a los caninos que presten servicios a la nación.

Art. 11.- EI uso que deberá hacerse de los muebles, ropa y otros objetos de servicio, será racional y moderado, cuidando de ellos debidamente. En el supuesto de que el huésped dañe dichos objetos, intencional o accidentalmente, deberá reportarlo a la administración. En caso de sustraerse del hotel, se realizará el cargo correspondiente al bien y cuyo precio será el establecido por el mercado al momento del incidente. Al salir de su habitación, todo huésped tiene la obligación de dejar cerradas las puertas, ventanas, llaves de agua, apagar las luces, aire acondicionado, así como devolver las llaves de su habitación.

Art. 12.- En el establecimiento se han tomado medidas de seguridad, instalando un número suficiente de extintores y detectores de humo para ser utilizados en un eventual siniestro, en tales circunstancias los huéspedes deberán avisar a la administración. En cumplimiento de lo establecido en la Ley de Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la exposición al humo de Tabaco en el Estado de Oaxaca, no está permitido fumar dentro de las habitaciones, en los pasillos o áreas comunes del Hotel. Si usted fuma dentro de la habitación deberá cubrir una cuota de $3,500.00 por concepto de limpieza profunda de la habitación.

Art. 13.- Cualquier daño a las instalaciones del establecimiento, incluido el mobiliario y los blancos de las habitaciones, deberá ser cubierto en su totalidad por el huésped con base en la lista de precios por daños que encuentra disponible en el área de recepción.

Art. 14.- Los huéspedes deben comportarse con decencia y moralidad dentro del establecimiento, quedando prohibido alterar el orden haciendo ruidos que incomoden o molesten a los demás huéspedes, así como usar la habitación para ejecutar cualquier acto o juego prohibido por la ley. Queda estrictamente prohibido introducir bebidas alcohólicas al hotel, así como consumirlas dentro de las habitaciones o en las áreas comunes.

Art. 15.- Queda estrictamente prohibido promover/facilitar/difundir/realizar/, cualquier actividad relacionada con trata de personas, explotación sexual y/o laboral de niñas, niños y adolescentes y utilización de niñas, niños y adolescentes en actividades, espectáculos, producción, utilización y difusión de materiales e imágenes de abuso y carácter sexual dentro de las instalaciones del establecimiento. Los responsables de actividades que incumplan esta normativa serán denunciados inmediatamente y puestos a disposición de las autoridades correspondientes. Este establecimiento está comprometido con el “Código de Conducta Nacional para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en el Sector de los Viajes y el Turismo”, por lo que cualquier actividad que suponga un caso presumible de explotación sexual o laboral de niños, niñas y adolescentes o trabajo infantil, se reportará a las autoridades correspondientes.

Art. 16.- Toda queja, sugerencia o felicitación deberá anotarse en los formatos de quejas y sugerencias que la administración del hotel tiene a disposición de los usuarios en la recepción, de acuerdo con los lineamientos fijados por la Secretaría de Turismo.

Art. 17.- En la prestación de los servicios por parte de este hotel no habrá discriminación alguna por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social. El establecimiento podrá negar sus servicios cuando el huésped se presente al mismo en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas o estupefacientes o cuando se pretenda dar uso distinto al del servicio de hospedaje. 

Art. 18.- Quedan a salvo los derechos del establecimiento como de los huéspedes para denunciar ante las autoridades competentes los hechos que constituyan algún ilícito o que dieran lugar a responsabilidad por alguna de las partes en sus personas y bienes, siempre y cuando ocurran dentro de las instalaciones del hotel.

Art. 19.- EI incumplimiento de este Reglamento Interno de Hospedaje por parte del huésped será causal de rescisión del contrato de hospedaje, sin responsabilidad jurídica para la empresa.